Impuestos franceses sobre las bebidas azucaradas

Impuestos franceses sobre las bebidas azucaradas: Una solución sin edulcorantes en favor de la salud pública

Introducción

Francia ha introducido impuestos sobre las bebidas no alcohólicas que contienen azúcar añadido o edulcorantes artificiales (por ejemplo, las bebidas dietéticas). Los impuestos franceses sobre las bebidas azucaradas pretenden reducir el consumo de azúcar y fomentar opciones dietéticas más saludables.

Impuestos franceses sobre las bebidas azucaradas

¿Cuáles son los impuestos franceses sobre las bebidas azucaradas?

Los impuestos franceses sobre las bebidas azucaradas gravan las bebidas que contienen azúcar añadido o edulcorantes artificiales. Se aplican en particular a los refrescos y las bebidas energéticas. El objetivo de estos impuestos es reducir el consumo de productos con alto contenido en azúcar y responder así a los problemas de salud pública.

Para lograrlo, la normativa francesa ha introducido dos impuestos distintos:

  • una sobre las bebidas que contienen azúcar añadido;
  • y la otra sobre las bebidas que contienen edulcorantes artificiales.

Juntos forman el impuesto francés sobre las bebidas azucaradas.

Aplicación y recaudación de impuestos sobre las bebidas azucaradas

Hay varios elementos clave para la aplicación de estos impuestos:

1. Productos imponibles

Las bebidas están sujetas a impuestos:

  • de los códigos NC 2009 (zumos de frutas o de legumbres u hortalizas) y 2202 (aguas minerales y gaseosas, azucaradas o edulcoradas de otro modo)
  • envasados en recipientes para la venta al por menor (botellas, bidones, latas, etc.)
  • con azúcares añadidos y edulcorantes artificiales en cualquier cantidad
  • con un grado alcohólico que no supere 1,2% abv, o 0,5% abv para las cervezas.

Abarcan una amplia gama de productos, incluidas las bebidas de frutas con azúcares o edulcorantes añadidos y los jarabes concentrados que los consumidores diluyen.

No obstante, algunos productos están excluidos de los impuestos franceses sobre las bebidas azucaradas. Se trata de la leche, los yogures, los jarabes de los códigos NC 1702 ó 2106 y las bebidas alcohólicas. Es importante señalar que las bebidas alcohólicas pueden estar sujetas al impuesto PREMIX en determinadas condiciones, en particular cuando su composición incluye azúcar.

2. Tipos impositivos

El Gobierno ha ido ajustando estas tasas a lo largo del tiempo para reflejar sus objetivos sanitarios.

Los impuestos sobre las bebidas azucaradas se basan en el contenido de azúcar por hectolitro. Cuanto más azúcar contenga una bebida, mayor será la tasa:

- 3,17 €/hl para bebidas que contengan menos de 1 kg de azúcar por hl

- 24,78 euros/hl para bebidas con 15 kg de azúcar por hl

Los tipos impositivos sobre los edulcorantes se fijan en 3,17 euros por hectolitro.

Nota: Cuando el producto contiene tanto azúcares añadidos como edulcorantes, la venta está sujeta a ambos impuestos.

3. Responsabilidad, devengo y exigibilidad

Los fabricantes, importadores o distribuidores de productos gravados son responsables de calcular, recaudar y pagar el impuesto a la DGFIP (Direction Générale des Finances Publiques).

El impuesto se devenga en el momento del devengo. En la práctica, esto significa generalmente la primera venta de los productos imponibles por el fabricante o la persona que los introduce en Francia.

La fiscalidad del azúcar representa un paso crucial en la lucha contra los problemas de salud pública asociados al consumo excesivo de azúcar. En el marco de sus objetivos sanitarios, el Gobierno evalúa y ajusta los tipos impositivos. Por lo tanto, se aconseja a los operadores que comprueben cuidadosamente la gravabilidad de estos impuestos sobre las bebidas azucaradas en sus operaciones, para evitar cualquier evasión fiscal.

¿Su empresa opera en el sector de las bebidas azucaradas? Póngase en contacto con nosotros si desea confiar este informe a un representante fiscal que conozca estas especificidades.

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